Absuelto el capitán del «Odyssey» que se negó al registro de la Guardia Civil Fue acusado de desobediencia grave tras negarse a que la Benemérita examinase el contenido del barco en 2007
El capitán del buque 'Odyssey Explorer' que se negó en octubre de 2007 a que la Guardia Civil registrase el barco propiedad de la compañía 'cazatesoros' Odyssey Marine Exploration ha sido absuelto del delito de desobediencia grave por el que el Ministerio Fiscal pedía para él una pena de nueves meses de prisión.
Así lo ha resuelto el magistrado José Antonio Villegas del Juzgado de lo Penal número 4 de Algeciras en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, que lleva fecha del 24 de mayo de 2010 -aunque fue notificada el 1 de julio- y cuyo resultado ha anunciado este martes la compañía Odyssey. El juez considera que la negativa del capitán William Sterling Vorus "se encontraba justificada" ya que la Guardia Civil precisa, para "entrar y registrar en los buques mercantes extranjeros" de "autorización del capitán" o, si éste la denegase, "del cónsul" de la nación de bandera del buque, según establece el artículo 561 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
La Guardia Civil interceptó el Odyssey Explorer el 16 de octubre de 2007 a unas 3, 5 millas al sureste de Punta Europa, tras su salida del puerto de Gibraltar, por orden de un juez de La Línea que investigaba si la compañía 'cazatesoros' había cometido un delito de expolio del patrimonio nacional.
Cuando el buque arribó al puerto de Algeciras, la secretaria judicial del juzgado de Instrucción número 1 de Algeciras notificó al capitán el auto del juzgado de instrucción número 3 de La Línea de la Concepción que ordenaba la entrada y registro del buque, según el relato de los hechos que hace el magistrado Villegas. El capitán se negó hasta en dos ocasiones a autorizar el acceso requerido, por lo que los agentes de la Guardia Civil tuvieron que acceder al interior del buque por medio de una escala que les proporcionó el Servicio Marítimo. Sterling Vorus adujo que para acceder al barco era necesaria la autorización del capitán o, en su defecto, del Consulado de Bahamas. Tras comprobar que no había Consulado de este país en España se volvió a requerir al capitán, siguiendo instrucciones del juez de La Línea, que permitiera el acceso al buque haciéndole saber que de lo contrario podría incurrir en un delito de desobediencia, pero el capitán no varió su negativa. Según el juez, si no hay consentimiento por parte del capitán para acceder al buque es necesaria la "obtención de la autorización del cónsul del país de abanderamiento del buque", como ha tenido oportunidad de fijar la jurisprudencia al respecto.
La sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Algeciras no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación.
@De la fotografía EFE
@Del resto Europa Press
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