COMUNICADO DE LA OSMTJ
Prior General
Gran Priorato de España – Priorato Magistral
ORDEN SOBERANA Y MILITAR DEL TEMPLE DE JERUSALEM
A raíz de las noticias aparecidas en prensa en relación a una posible demanda realizada por la “Orden del Temple” contra el Papa Benedicto, nos vemos en la obligación de aclarar públicamente que la ORDEN SOBERANA Y MILITAR DEL TEMPLE DE JERUSALEM, legalmente inscrita en los registros del Estado Español y con línea de sucesión indubitada con una antigüedad como mínimo desde 1704 no es la instigadora de demanda o actuación judicial alguna contra la actual cabeza de la Iglesia Católica.Gran Priorato de España – Priorato Magistral
ORDEN SOBERANA Y MILITAR DEL TEMPLE DE JERUSALEM
Es más, esta noticia nos permite manifestarnos en relación a la actuación mantenida, aclarando que no está en la línea de actuación de la Orden, la idea de pleitear en los tribunales por los hechos ocurridos hace más de 700 años. Abogamos por el dialogo y el trabajo a diario en pos de nuestras creencias, que eran, son y serán cristianas.
Abogamos por la colaboración con la Iglesia Católica en pos del mantenimiento de la fe y de la defensa de las personas que la mantienen y la promueven, y ello es posible verlo en nuestras comunicaciones, actuaciones puntuales en diversos lugares y por la denuncia de los problemas que los cristianos tienen en diferentes países en los que la fe en N.S.J es perseguida y los fieles torturados . Efectivamente hoy en día todavía sigue ocurriendo en distintos lugares.
Nos ponemos a disposición de la Iglesia Católica para ayudar en lo posible a que esta situación, provocada por algún grupúsculo que en modo alguno pertenece a la OSMTJ se resuelva favorablemente y al efecto, he ordenado al Hno Canciller que copia de este comunicado sea remitido por vía de urgencia tanto al Cardenal Primado de España como al Nuncio de S.S.
Entablar una acción de este tipo, que en modo alguno puede prosperar en los tribunales es solamente –entendemos- un acto propagandístico que a nadie beneficia y no solamente es de una gran irresponsabilidad sino que implica un gran desconocimiento de la historia pasada. Es evidente que las actuaciones acaecidas hace más de siete siglos no beneficiaron a la Orden, ahora bien, en la actualidad las relaciones institucionales son excelentes. Abundamos en el hecho de que hace breves semanas hemos recibido del Vaticano en edición facsímil, un ejemplar de cuanto consta en los archivos secretos en relación a los procesos mencionados.
La bula papal fue – y así consta en documentación recibida – modificada por el mismo sucesor de Pedro que la promulgó.
Debe de seguírsenos conociendo por nuestros hechos, por los trabajos en pos de la defensa del cristianismo y de la verdad, del trabajo diario y de la labor de formación educativa que desarrollamos, por nuestra intervención en la mediación de conflictos religiosos y por la tolerancia y apertura de miras de las personas que pertenecen a la Orden. Este es el futuro y no otro.
Por lo expuesto, consideramos no solamente que la resolución judicial en primera instancia de falta de jurisdicción es adecuada ( por nuestro convencimiento y por el respeto a las decisiones judiciales) sino que se produce también falta de legitimación (litis) por las personas o entidad que la han entablado.
Sede prioral a veintitrés de julio de 2.008. A.T. 900
Fr. + Joseph, prior
( Joseph Juan i Buixeda)