Clemente, obispo, siervo de los siervos de Dios, para la garantía en el presente y para el expediente de futuro. Las investigaciones y procesos diversos encargados no hace mucho tiempo por la Sede Apostólica a través de todas las partes de la cristiandad contra la antigua orden de los Caballeros Templarios y sus miembros individuales, en relación con la acusación de herejía, los llevó en el descrédito a la tumba. En particular, fue la acusación de que los hermanos de la orden antigua, y a veces después, en su recepción negaron a Cristo y le escupieron con deshonor en una cruz extendida hacia ellos, y a veces fue pisoteado bajo los pies. El maestro de la orden, el visitante de Francia, el jefe de preceptores y muchos hermanos de la orden confesaron en el juicio estas herejías. Las confesiones sembraron sospechas graves de la orden.
Además, la desgracia generalizada, la fuerte sospecha, y los cargos clamorosos de los prelados, duques, los municipios, barones y condes del reino de Francia también dio escándalo grave que difícilmente podría ser disipado sin supresión de la orden. Había muchas otras razones que acabo de mencionar en el proceso legal que nos influencia. Por lo tanto, con la aprobación del consejo sagrado, nuestro corazón lleno de amargura y tristeza, suprimido y abolido la dicha orden anterior del Templo y su constitución, el hábito y el nombre y nos prohibimos su restauración. Lo hicimos y no por sentencia definitiva ya que legalmente no podíamos hacer esto de acuerdo con las investigaciones y los procesos mencionados arriba, pero si por disposición apostólica y la ordenanza. Nos reservamos las personas y los bienes de la orden de la decisión y la eliminación de la Sede Apostólica. Al hacerlo, sin embargo, no tenía ninguna intención de establecer excepciones a los procesos realizados o que se hagan de personas individuales o hermanos de la anteriormente citada orden por los obispos diocesanos y los consejos provinciales, como se ha ordenado en otras partes.
Ahora, pues, queremos ofrecer lo más adecuado para las personas individuales o hermanos. Nos reservamos últimamente por nuestra propia disposición al maestro de la orden anterior, el visitante de Francia y el jefe de preceptores de la Tierra Santa, Normandía, Aquitania, Poitou-y la provincia de Provenza, así como el hermano de Oliver de Penne, un caballero de la dicha orden antigua, a quien en adelante se reserva a la disposición de la Sede Apostólica. Hemos decidido que todos los otros hermanos se deben dejar a la sentencia y la disposición de los consejos provinciales, como hemos hecho hasta ahora. Deseamos que se dictara sentencia por estos consejos, de acuerdo con los diferentes casos de las personas. Así, los que han sido legalmente absueltos, o será absueltos en el futuro, se les facilitará a los artículos de la orden anterior por los que puedan vivir como corresponde a su estado.
Con los que han confesado sobre los errores anteriores, queremos que los consejos provinciales actúen con prudencia para templar la justicia con la misericordia: ante la situación de estos hombres y en la medida de sus confesiones han de ser debidamente ponderados. Con respecto a los que están arrepentidos y han recaído, en su caso - que Dios no lo quiera - se encuentra entre ellos, la justicia y la censura canónica, deben ser respetados. En cuanto a aquellos que aun cuando se le preguntó han negado su participación en los errores anteriores, los consejos están para observar la justicia y la equidad de acuerdo a los cánones. Con la aprobación del sagrado consejo, y por la presente citar a los que aún no han sido cuestionados y que no están en poder de la fuerza o la autoridad de la iglesia, pero son tal vez fugitivos, a comparecer en persona ante sus diocesanos dentro de un año a partir de hoy. Esto es lo que les asigna como un límite preciso y definitivo. Se sometan a examen de sus diocesanos, que reciban un juicio justo de dichos consejos de acuerdo con sus merecimientos. Gran misericordia sin embargo, es que se muestre y observe tanto a estos últimos y los mencionados anteriormente, excepto la recaída e impenitentes. También debe ser el indicado por la propiedad de la orden con las necesidades de la vida, todos los hermanos de la orden anterior, cada vez que vuelven a la obediencia de la iglesia y el tiempo que persisten en la obediencia, se mantendrán como se convierte en las circunstancias de su estado.
Todos ellos se colocan en las casas de la orden de trabajo o en otros monasterios de religiosas, a costa sin embargo de la orden anterior en sí, según la sentencia de dicho consejos provinciales, pero muchos de ellos no se colocan juntos en el misma tiempo en una casa o monasterio.
Hemos pedido también y estrictamente mando a todos aquellos con quien y por quien los hermanos de la orden ex detenidos, que los entreguen libremente siempre que sea requerido para ello por los metropolitanos y los ordinarios de los hermanos. Si durante el año los citados no comparecen ante la diocesanos, como se ha dicho, incurren automáticamente en pena de excomunión, y porque en un caso en particular acerca de la fe, la rebeldía añade fuerte presunción a la sospecha, la rebeldía que tercamente siguen siendo excomulgados por un año de ahora en adelante a ser condenados como herejes. Esta cita de los nuestros se hace por cálculo y queremos que los hermanos estén obligados por ella como si hubieran recibido una mención especial, personalmente, para que puedan de ninguna manera evitarla o al menos no fácilmente.
En fin, entonces, para evitar todos los subterfugios, publicamos nuestro edicto en el sagrado consejo actual. Y a fin de que esta cita más se de seguramente al conocimiento de los propios hermanos y al conocimiento general de todos, vamos a tener papeles o pergaminos que contienen la cita y se sella colgado o atado a las puertas de la iglesia principal de Vienne . Esto asegurará una publicación fuerte y generalizada de esta cita, por lo que los hermanos que se refiere a la citación no pueden alegar excusa de que la cita no les ha llegado o que fueran ignorantes de ella, ya que es improbable que lo que es tan abiertamente público a todos pueda permanecer oculto o desconocido para ellos. Además, con el fin de observar mayor precaución, que se convoque a la diocesanos locales para hacer público el presente edicto de nuestra cita, tan pronto como sea convenientemente posible, en sus catedrales y en las iglesias en los lugares más visibles en sus diócesis.
Dado en Viena el 6 de mayo 1312 en el séptimo año.
La Santa Misa, milagro de amor
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VIVA + JESÚS
Hace 4 años